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HugoRodriguez
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Hola!

En la guía de llenado del CFDi de nómina publicada a finales del 2019, se establece el procedimiento a seguir para reportar el ajuste al subsidio cuando éste se aplicó en exceso durante el mes (Apéndice 7 de la guía).

El citado procedimiento indica cómo ese ajuste se puede realizar en el último periodo ordinario del mes. Aunque sólo ejemplifica el procedimiento de ajuste a seguir cuando fue aplicado subsidio durante el mes pero resulta que no le correspondía de acuerdo a sus ingresos mensuales acumulados. Por otra parte, el procedimiento no aclara qué hacer cuando al trabajador si le corresponde subsidio pero no en la cantidad que fue aplicada durante el mes.

Para resolver lo que si expresamente sí ejemplifica el Apéndice 7, modificamos el método ‘2’ de impuestos para que, al aplicar el método de tabla directa, se ajuste el subsidio al final del mes como lo muestra la guía. Esto es, se aplica el subsidio que corresponde a la periodicidad de pago; si al considerar el ingreso mensual se determina que no le corresponde subsidio entonces se le retira todo el subsidio que se le había aplicado/pagado en el mes.

Algunos de nuestros usuarios han expresado que desean realizar lo que no aclara la guía pero que está establecido por Ley en el Décimo transitorio de la LISR. Esto es, ajustar el subsidio a la cantidad que realmente le corresponde en el mes al trabajador. Si por ejemplo (datos ficticios), un trabajador acumuló 300 pesos de subsidio aplicado en el mes, pero según la tabla mensual de subsidio sólo le corresponden 294 pesos, entonces en el último periodo ordinario del mes hay que retirarle 6 pesos de subsidio. Otro ejemplo, un trabajador acumuló 300 pesos de subsidio aplicado, pero según sus ingresos mensuales le corresponden 324 pesos, entonces hay que aplicarle 24 pesos adicionales en el último periodo del mes para ajustar a la cantidad que realmente le corresponde.

Al ajustarse el subsidio causado se produce, por consecuencia, un ajuste de impuesto y, posiblemente, también se ajuste el subsidio pagado.

La modificación que hicimos al método ‘2’ no cubre los casos del párrafo anterior y no planeamos cubrirlos con ese método porque ya existe uno que sí lo hace. Ése es el método ‘4’, ajuste por periodo. Sólo que el método ‘4’ hace una proyección del ingreso acumulado a 30.4 días y algunos desean que no se haga proyección alguna si se trata del último periodo ordinario del mes. Esto se puede resolver por configuración pero no sería óptimo solucionarlo así por la cantidad de entradas que se estarían manteniendo mes a mes.

Por lo anterior, y como una alternativa de solución, hemos publicado una nota de consultoría que sugiere qué hacer para lograr lo siguiente: que se ajuste el subsidio aplicado a la cantidad que realmente corresponda según los ingresos mensuales, pero sólo en el último periodo ordinario del mes y sin proyección de ingreso. La nota es: 2894372 "[MX] Monthly tax adjustment by user-exits"

La solución propuesta es por medio de programar un par de user-exits (ver detalle en la nota en referencia).

Creemos que es una solución sencilla y óptima, y que será muy útil para quienes decidan implementarla.

Cabe aclarar que al tratarse de una solución de consultoría, SAP no asume ninguna responsabilidad en el mantenimiento ni en los resultados de la misma.

Esperamos que les resulte interesante esta propuesta.

 

Saludos!
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