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Author's profile photo Hugo Rodriguez

Importes negativos y Deducciones gravadas CFDi Nomina

Hola.
La autoridad fiscal nos está solicitando que documentemos los casos de uso que no vemos cómo resolver con la nueva versión 1,2 del Complemento de Nómina para el CFDi.

En esta ocasión nos refereimos a los casos de uso que generan importes negativos y a los que generan deducciones gravadas.

Los que tenemos identificados al día de hoy son:

Finiquitos con fecha de baja previa a la última nómina pagada Cuando, por ejemplo, a un trabajador se le paga la quincena completa y resulta que se dió de baja dos días antes de la fecha de fin de periodo (la baja ingresó después de procesar y pagar ese periodo de nómina). El finiquito de manera automática le descuenta al trabajador lo pagado en exceso (sueldo, vale de despensa, algún premio de asistencia, etc.).
Aguinaldo pagado en exceso Por ejemplo cuando a un empleado se le paga el aguinaldo completo antes del 20 de Diciembre y días después se da de baja de la empresa. El finiquito decontará el Aguinaldo que se pagó de más.
Vacaciones y Prima Vacacional pagada en exceso Similar al punto anterior: el finiquito ajustará como percepción negativa lo pagado en exceso.
Cancelación de pagos y descuentos improcedentes Las cancelaciones de conceptos improcedentes van a generar percepciones negativas.
Cancelación retroactiva de faltas Esto generará una deducción negativa que a su vez debe aumentar la base gravada.
Faltas e incapacidades Estos deben generar una deducción que debe reducir la base gravada.

Los casos identificados en el siguiente Blogpost también pueden entrar en estos casos de importes negativos y deducciones gravadas:

Catalogo Otros Pagos para CFDi Nomina

¿Algún otro caso de uso que genere importes negativos o bien que genere descuentos que deben afectar la base gravada?

Tenemos hasta este martes 25 de Octubre para considerar sus comentarios y enviarlos a la autoridad.

Saludos!

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      8 Comments
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      Author's profile photo Former Member
      Former Member

      En el Instituto Mexicano del Petróleo
      - Se ajusta el Tiempo Extra pagado de mas, con un descuento
      - Se aplica de manera extemporánea incapacidades del trabajador, generando descuentos de sueldo y prestaciones
      - Aplicamos devolución de descuentos por falta, utilizamos descuentos en negativo para la devolución
      - Ocasionalmente, una incapacidad aplicada, se debe convertir a enfermedad profesional, generando la devolución del descuento por incapacidad y el pago de sueldo omitido
       

      Author's profile photo Alondra Lara
      Alondra Lara

      Hola!
      Les comparto en corto la preocupacion del area de nomina del coorporativo donde laboro:

      • Cuando se pagan incapacidades por EG y se califica posterior como riesgo, se pone en negativo el concepto de deducción de EG (creo que es 4010) y se pone en de RT pero en el sobre si sale la cancelación
      • En relación al punto anterior, se cancela el pago de la gratificación del 80% el 2° día y 100 % el 3er día así como la del 4° día en adelante, que se otorgan en caso de incapacidad por EG.
      • Como ya mencionaron, en el caso de la ISR retenido y Subsidio acreditable, de los ajustes semanales y acumulativos que hace SAP, de una semana a otra puede efectuar una devolución de impuesto o descontar un subsidio otorgado de mas
      • En el caso del cálculo anual, más bien del ajuste anual de impuestos que se efectuará en el aguinaldo, es una proyección para final de año, que al efectuar el definitivo va a repercutir en retenciones de más que hay que devolver.
      • En este punto también el propio concepto de saldo a favor en la anual que se compensa semana con semana del cálculo de impuesto sale en el sobre y CFDI por consiguiente en el xml en negativo en las deducciones hasta por el importe de ISR retenido, eso es algo que ellos saben y contemplan, es una deducción negativa, porque dentro de sus especificaciones es que se lleve detallado cuanto del ISR a favor se está compensando.
      • También se va a dar los casos en que en el ajuste anual no todas las personas van a decir en este punto quien calcula o no sus propia declaración, habrá despistados que no lo hagan y les hagamos ajuste en el aguinaldo, cosa que al final del ejercicio no procede y hay devoluciones, esto es algo que no podemos controlar y que el trabajador tiene hasta el 31 de diciembre para informarnos.
      • Ausencias que se eliminen, me generan negativos en las deducciones en los conceptos de la deducción, y también cuando se pongan retros de ausencias que no se hicieron en una semana, ahí supongo que genera una devolución en la retención de ISR e IMSS que se consideró completa al momento del pago, no estoy segura, habría que verificar y también en los conceptos de retención de Infonavit, Fonacot, etc cuya retención es proporcional a los días trabajados.
      • Retardos eliminados. Compensan pagos por bonos de puntualidad y asistencia.
      • Si cancelan un crédito de Infonavit que ya se cobró pero no está enterado hay que efectuar la devolución del mismo.
      • Cualquier retención de Infonacot que se efectúe y se cancele el crédito o se ajuste generara una devolución del mismo, que es un saldo negativo.

      Saludos,

      Author's profile photo Willfrido Franco
      Willfrido Franco

      Importes negativos afectan bases gravadas y exentas y registros contables

      Proceso de Sobres Cancelados, se utiliza para dar reversa a un periodo ordinario o especial, este tipo de proceso lo que hace es asignar signo contrario al proceso original (signo negativo percepción y positivo deducción) y que se va a cancelar, con lo anterior se afectan las bases gravadas y exentas de los trabajadores, registros contables.

      Ajuste mensual de impuesto, en cada periodo de fin de mes, se realiza el ajuste mensual de impuesto, en este proceso en ocasiones se debe devolver el ISR retenido de más al trabajador o bien subsidio al empleo en efectivo en negativo como cobro a lo entregado en periodos anteriores.

      Pagos que no corresponden a los trabajadores (completos o parciales), se realizan por medio del cc-nómina de pago, en este caso su aplicación es en negativo el importe, con ello se ajustan las bases gravadas de los trabajadores, los registros contables y por ende el isr, por ejemplo:

      Pago de comisiones

      Bonos

      Tiempo extra (tiempo extra, descansos, festivos)

      Suplencias

      Primas Dominicales

      Aguinaldo

      Compensaciones

      Premios de asistencia y Puntualidad

      Ayudas en general

      Cualquier pago en Importe aplicado en negativo

       

      Cualquier tipo de ausentismo en retroactivo (faltas, permisos, incapacidades, sanciones, vacaciones), detonan el ajustes de salario o sueldo en negativo (mismo cc-nóminas de pago), asi como, el ajuste en cuotas IMSS, INFONAVIT (amortización y seguro), Fondo de Ahorro, esto es, todo lo que está relacionado con la base del sueldo base; ya sea prestación o deducción.

      El aplicar los importes en negativo en los cc-nominas origen, nos ayuda a que el acumulado de los trabajadores sea en base a lo realmente pago y declarado.

      En el DIM no se reportaban negativos, lo cual a final de cuentas, genera una diferencia entre lo que se envía por medio de la declaración y lo que realmente se pagó y registro del trabajdor, al no aplicar los negativos se caerá en esta misma practica y complica los amarres anuales que se derivan de ello.

       

      En las empresas actualmente:

      En deducciones, asi mismo, se aplican en los cc-nominas que se usan en la deducción normal, con ello se ajusta también la cuenta contable, por ejemplo

      Devolución de Infonavit, por créditos terminados antes del pago bimestral

      Devoluciones Fonacot

      Anticipos

      Todo tipo de seguros

       

      El tema de las cantidades pendientes lo tenemos asignado al grupo de otros pagos u otras deducciones.

       

      Por lo que considero que no aplicarían otros pagos

      De ser asi, se tendrían que crear nuevos cc-nominas?

       

      Author's profile photo Former Member
      Former Member

      estas son las dudas respecto a la nueva version CFDI:

      • ISR anual. Si como resultado del cálculo anual el ISR resulta a cargo en lugar de a favor, entonces este deberá mostrarse bajo la clave 002 del catálogo de deducciones en la sección deducciones? De no ser así, ¿Cómo se mostraría esto concepto dentro del nodo otros pagos?
      • Deducciones gravadas y exentas: tenemos incapacidades y otro tipo de ausencias gravables que reducen la base del impuesto. Bajo la versión 1.2, al no haber deducciones gravables la base gravable será mayor lo cual es totalmente incorrecto, aquí aplican también correcciones por pagos indebidos. Estas deducciones forzosamente deben ser disminuidas de la base gravable y bajo la estructura que propone el SAT no hay opción para esto, entonces como debe manejarse?
      • Negativos. Tenemos todos los mismos casos que han mencionado anteriormente y de no haber una solución no tenemos idea como podamos emitir CFDIs de nóminas. Descuadrados?, ciertamente en el DIM los importes negativos se omitían descuadrando lo pagado contra lo reportado, pero al ser un informe anual la mayor parte de los negativos se neteaban, y esto no sucederá en los recibos quincenales.
      • Tipo de Régimen de contratación. Si el CFDi de nóminas incluye ingresos en acciones, entonces en el campo tipo de régimen de contratación se debe mostrar la clave 02-salarios y 10-Asimilados acciones? O solo 02-salarios?
      • Subsidio. El nodo de otros pagos menciona que con clave 002 debe mostrarse el subsidio para el empleo efectivamente pagado al trabajador. ¿Como debe mostrarse/en que parte del recibo debe incluirse el subsidio acreditado? ¿En deducciones bajo la clave 002-deducciones? . Respecto al subsidio causado (suma total de subsidio efectivamente pagado más subsidio acreditado), ¿ en que parte del XML debe mostrarse?
      • Nodo de otros pagos. Esta parte no está clara, ya que incluye códigos para conceptos que suman al neto pagado, tal como lo es el subsidio efectivamente pagado al trabajador y conceptos que no suman al neto pagado en nómina tales como viáticos (entregados al trabajador) ya que estos son pagados normalmente fuera de nómina por el área de cuentas por pagar. Ambos conceptos no son gravables para pago de impuestos pero la forma de mostrarse en un recibo de nóminas no es la misma, ya que los viáticos tendrían que mostrarse como ingreso imputado (percepción y deducción, efecto cero) para no afectar el neto, mientras que el subsidio efectivamente entregado este sí que afecta el neto de nómina.
      Author's profile photo Hugo Rodriguez
      Hugo Rodriguez
      Blog Post Author

      Hola Nayive. Gracias por tus comentarios pero la publicación era exclusiva para tratar el tema de los importes negativos.
      Lo otros temas que mencionas los podemos tratar en nuestras siguientes sesiones. Al respecto te recomiendo leer la guía de llenado que publicó el SAT en su portal.

      Saludos!

      Author's profile photo Hugo Rodriguez
      Hugo Rodriguez
      Blog Post Author

      Gracias por sus opiniones.
      Ya los tomé en cuenta para lo que he enviado a validación antes de enviarlo al SAT.
      Ya les informaré cuando obtenga una respuesta. Espero sea favorable.entonces, doy por cerrada esta consulta.

      Saludos!

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      Former Member

      Buen día Hugo,
      Para el tema de Importes Negativos,  ¿Sabes si el SAT podría contemplar la emisión de un CFDI con tipoDeComprobante “INGRESOS” con complemento de nómina; en el cual se representarían en “términos positivos” los importes negativos que actualmente se presentan en la nómina?
      Con lo cual tendríamos 2 CFDIs, uno de egresos y otro de ingresos, cuando se presenten casos de importes negativos.

       

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      Former Member

      Hola Hugo buen día.

      Antes de otra cosa te deseo un FELIZ AÑO 2017 y este lleno de grandes sorpresas.

      En relación al nuevo cátalo de Deducciones para los ajustes por los negativos en que tipo entraría un Ausentismo que se esta regresando por descontarse indebidamente o justificado a destiempo.

      Saludos cordiales, Adrián Camacho